miércoles, 5 de octubre de 2016

Tribunal Constitucional de España a punto de anular prohibición de los toros en Catalunya - Barcelona


Parlament de Cataluña no tenía competencias para prohibir los toros

Parlamento Español reconoció en 2013 que las corridas son Patrimonio Cultural, siguiendo el ejemplo de Francia

Virtual sentencia argumenta a favor de la libertad de empresa, la tradición cultural y la protección constitucional a las minorías culturales

LA VANGUARDIA. El TC ha aplazado hasta mañana el anuncio sobre el recurso contra la prohibición de las corridas de toros en Catalunya, que, según fuentes jurídicas, quedó acordado el martes por los miembros del alto tribunal en sentido favorable a levantar la prohibición. Las mismas fuentes no aclararon las razones por las que el anuncio ha sido aplazado.

La ponencia sobre el recurso corresponde a la magistrada Encarna Roca, catedrática de Derecho Civil por la universidad de Barcelona, que estimó en su dictamen que la cámara catalana no tiene competencias para prohibir los toros sino para regularlos.

Última corrida celebrada en Barcelona, 25 de septiembre de 2011. Asistieron 20 mil aficionados. (Foto: EFE/Alejandro García).  
Sin embargo, según LibertadDigital.com, el Tribunal Constitucional aún no ha votado pero sí confirma que la magistrada Roca, de origen catalán, propone la estimación del recurso del PP y la anulación del veto a los toros al constatar una vulneración competencial que llevó al legislador autonómico a invadir las facultades que el artículo 149.2 reserva al Estado".

El Parlament de Catalunya votó en julio del 2010 por 68 votos a favor, 55 en contra y 9 abstenciones la prohibición, efectiva desde septiembre del 2011.

Otras consideraciones legales son el “blindaje” de los toros aprobado posteriormente por Las Cortes en noviembre del 2013 que reconoce las corridas como un “patrimonio cultural”, siguiendo el ejemplo de Francia que ya lo hizo en el 2011.

Tanto el Parlament primero como el Parlamento español votaron las respectivas medidas –prohibición y blindaje- tras aceptar sendas Iniciativas Legislativas Populares (ILP).

Otros argumentos jurídicos presentados a los miembros del TC son la libertad de empresa, la tradición cultural de los toros y la protección constitucional a las “minorías culturales”, salvo cuando se trata de prácticas que atentan contra la dignidad Humana como sucede con la ablación.

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